lunes, 28 de septiembre de 2009

Conferencia en el Museo del Fin del Mundo

Con motivo de inciarse el 30º Aniversario de la fundación del Museo del Fin del Mundo la Fundación Hanis, entidad civil administradora del Museo me convocó a inaugurar el Ciclo de conferencias que se desarrollará durante todo un año, desde septiembre de 2009 a septiembre de 2010.
La propuesta fué desarrollar la historia, significado y conceptos principales de una ley que explica y soporta la viabilidad de la actual provincia de Tierra del Fuego, la ley federal de promoción económica e industrial 19.640.
Me pareció de gran importancia dar a conocer y explicar los mecanismos de creación de mercado y desarrollo que la ley tiene, y se implementan mediante dos regímenes paralelos e independientes: El Sub-régimen de promoción económica interno, destinado a los habitantes de Tierra del Fuego y el Sub-régimen de promoción industrial, destinado a los habitantes de otras partes del mundo que deseen invertir en la fabricación y ensamblado de productos industriales en esta provincia.
Es poca la literatura acerca de esta ley, y toda la existente se dedica principalmente a analizar y explicar el sub-régimen industrial. Pero no hay escrito un desarrollo concreto y detallado acerca del sub-régimen de promoción económica del mercado interno de la provincia, sus carácteristicas, sus efectos, sus condiciones, su operatoria y en definitiva, como modela y crea el mercado de bienes y precios dentro de la Isla Grande de Tierra del Fuego, o Área Aduanera Especial asi denominada por la ley.
El resultado inicial fué la conferencia que realizamos y que ponemos a disposición aqui debido al enorme interés que generó.
Se trata de un ciclo introductorio dirigido a quienes habitamos en Tierra del Fuego, y desarrollado en palabras simples y sin detalles técnicos y tiene como función principal poner en manos de los fueguinos el conocimiento necesario para comprender y defender sus derechos en el mercado especial y regulado del Área Aduanera Especial.
Para quienes pidieron un replay o para quienes no tuvieron la oportunidad de verla, y esten interesados, aqui está dividida en cinco partes:


PRIMERA PARTE



SEGUNDA PARTE


TERCERA PARTE


CUARTA PARTE


QUINTA PARTE


LA LEY 19640 NO ES PARA QUE ALGUNOS SE BENEFICIEN. EL RESTO DE LOS ARGENTINOS NO DEBERIAN PAGAR IMPUESTOS PARA QUE ESE DINERO TERMINE EN LOS BOLSILLOS DE UNOS POCOS.
ESTO ES MORAL Y LEGALMENTE INJUSTO, PORQUE PERJUDICA NO SOLO AL RESTO DEL PAIS, SINO TAMBIEN Y FUNDAMENTALMENTE A LOS FUEGUINOS QUE SE VEN ASI PRIVADOS DE ESOS BENEFICIOS Y SUJETOS A SU COMPLETA O PARCIAL ELIMINACIÓN EN CUALQUIER MOMENTO.

TODAVIA ESTAMOS A TIEMPO PARA CORREGIR LAS DESVIACIONES DEL SISTEMA, RESTAURANDO  PLENAMENTE LOS FINES DE LA LEY Y ASEGURANDO SU VIGENCIA PARA LOS PRÓXIMOS AÑOS.


ESTABILIDAD FISCAL Y BENEFICIOS ECONÓMICOS PARA QUIENES CONSUMEN O RESIDEN EN TIERRA DEL FUEGO, OBJETIVO ESTRATÉGICO Y PRINCIPAL DE LA PROVINCIA.


Dr. Federico Rauch

No hay comentarios:

Publicar un comentario